MUSICA y ARAÑA

viernes, 20 de marzo de 2015

LAS DOS CARAS DE LA JUSTICIA EN LA TUTELA AL ANCIANO.


Hace unos meses la prensa publicó una noticia en la que un juzgado de Torremolinos, investigó a instancia de la Fiscalia de Málaga a la cuidadora de un jubilado finlandés, por presunto maltrato y extorsión. La víctima había firmado poco antes de morir tres documentos legando el patrimonio que poseía.
Meses antes la Concejalia de Bienestar Social del Ayuntamiento, había acudido al Ministerio Público al considerar que el hombre debía ingresar en una residencia de ancianos, dado su deterioro físico al no poderse valer por si mismo.
La fiscalia promovió inicialmente unas diligencias informativas de protección de tutela. A medida que reunía información sobre el anciano, se comprobó la existencia de indicios de extorsión y presunto maltrato.


Leida la noticia me lleva hacer una reflexiona en voz alta y plantear la siguiente pregunta: ¿Sí en lugar de ser una cuidadora, la familia o una residencia de ancianos, la Fiscalia actuaría con igual celeridad y rigor?.
En muchas residencias sobre todo privadas, la mayoría de los ancianos que en ellas viven, no tienen familia, ni persona alguna que los visite y por tanto; quien vele por ellos en todos los aspectos. Su patrimonio, cuentas bancarias, etc, está en manos de los responsables del centro, sin que nadie fiscalice su labor. Esas personas, algunas con algún tipo de demencias, enfermedad neurológica, necesitan y deben estar tuteladas por la autoridad.
El anciano que vive en una residencia y que esté en pleno uso de sus facultades, es libre para que le respeten su voluntad y que haga con sus bienes lo que le plazca. Mi duda surge si no existen también algún tipo de extorsión encubierta en estos centros, como los casos que saltan a la luz pública.
Es en este punto dónde crecen mis dudas, sí la Fiscalia, está actuando con la celeridad y el rigor que debiera en beneficio del anciano. Una cosa tengo clara, salvo excepciones, los responsables de las residencias no van a iniciar ese procedimiento.
 
 
 
ALGUNAS VECES LA INCAPACITACIÓN NO SOLO ES UNA MEDIDA EXTREMA E  INNECESARIA, SINO ARBITRARIA POR PARTE DE LA JUSTICIA.
Es el caso de esta anciana de Villagarcia de Arosa(Pontevedra), que fue INCAPACITADA, SIN EL RIGOR Y LAS GARANTIAS QUE DEBERIAN, PRESCINDIENDO DE LO MÁS ELEMENTAL EN ESTE PROCEDIMIENTO. Ingresada en una residencia contra su voluntad y pese a la EXISTENCIA de familia, designan tutor legal a la Fundación Pública de la Xunta (FUNGA) que dilapida todos su patrimonio; una casa que tenia un alto valor de protección arquitectónica.
Años más tarde la Justicia revoca la incapacitación, pero el patrimonio no aparece.

IUSTITIA EST CONTANS ET PERPETUA VOLUNTAS IUS SUUM CUIQUE TRIBUENDI